martes, abril 23, 2024
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Violencia de género: aprueban pautas para la actuación de fiscales ante estas situaciones

La Procuración General de la Nación aprobó nuevas pautas de actuación para fiscales ante situaciones urgentes y de riesgo en casos de violencia de género para neutralizar los riesgos de nuevos ataques a las víctimas en el proceso de denuncia e investigación.

Elaboradas por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección (Dovic), las pautas fueron aprobadas por el Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, informó este viernes fiscales.gob.ar.

La noticia fue difundida en Twitter por Mariela Labozzetta, titular de la UFEM, que explicó que los sistemas de justicia, en los casos que involucran violencia con motivos de género, además de investigar el hecho con debida diligencia reforzada y lograr una respuesta adecuada sin impunidad, tiene “un deber adicional”.

El deber adiciones consiste en “identificar los posibles riesgos de repetición o incremento de riesgos, que incluso pueden terminar (y en muchos casos ocurre) en femicidios, y adoptar las medidas urgentes para impedir que se concreten”, resaltó la funcionaria.

Así, dentro de los objetivos está el de fortalecer la labor de las fiscalías en la detección de situaciones de riesgo tanto para la víctima directa como para su entorno.

En esa línea, se hace foco en asegurar el resguardo integral de todas las personas damnificadas “sin que las reglas procesales o las cuestiones formales de tramitación de los procesos judiciales impidan el cumplimiento de las obligaciones de protección por parte de las y los operadores del sistema de justicia”.

Otro de los puntos destacados es el deber de identificar medidas que pueden adoptarse de acuerdo con las características de cada caso y generar su control permanente así como también otorgar un lugar preponderante a las víctimas en las decisiones que se refieran a la protección de sus derechos.

Y ejemplifica con opciones como retirar al agresor del lugar; poner a disposición de la víctima los dispositivos de alarma disponibles; recibir la denuncia de la damnificada de manera inmediata; consultarla sobre el tipo y duración de las posibles medidas de protección, entre otras.

Uno de los problemas reiterados en la falta de control del cumplimiento de las medidas. En ese sentido en las Pautas se establece que “el control del cumplimiento y eficacia de las medidas y decisiones ordenadas deberá mantenerse durante todo el trámite de la causa por un tiempo adecuado”.

Al mismo tiempo se explica que las fiscalías deben certificar qué medidas se dispusieron, si el imputado fue debidamente notificado y si están vigentes.

Frente a un incumplimiento, se plantean distintas medidas que van de sanciones o advertencias hasta la posibilidad de solicitar que se dicte la prisión preventiva del agresor.

En los fundamentos se lee que el documento tiene como objetivo otorgar herramientas “que permitan identificar y atender de manera urgente, eficaz y con perspectiva de género” las situaciones de riesgos a las que puedan estar expuestas mujeres o LGBTIQ+ que son víctimas de violencia por motivos de género.

Además, destaca la necesidad de la exigencia de respuestas libres de estereotipos y prejuicios de género por parte de las y los operadores del sistema de administración de justicia.

Dentro del trabajo también Dovic resalta lo esencial de la escucha a la víctima a través de entrevistas.

Allí se parte del principio de integralidad de los derechos de las víctimas y se enfatiza en su derecho a ser escuchadas. Es por ello que explica el objetivo de esa entrevista, con sus consideraciones y las condiciones previas, así como la dinámica posible en la que se llevará adelante y los aspectos a relevar durante su realización.